| 1.
¿CUALES SON
LOS HONORARIOS, Y QUE ESTÁ INCLUIDO EN LOS MISMOS?
Los honorarios por
toda la tramitación del procedimiento de Separación
matrimonial o Divorcio de mutuo acuerdo, ascienden a la
cantidad de 550 € IVA incl.
por todo el procedimiento.
No se incluyen en dichos
honorarios el coste del Poder General a pleitos que es necesario
otorgar ante Notario, que tiene un coste aproximado de 30
€ dependiendo de las localidades.
2.
¿CUANDO DEBO
PAGAR LOS HONORARIOS?
El pago de los 550
€ deberá efectuarse de una sola vez en efectivo,
bien en el momento de la firma del Convenio Regulador en
el despacho del Procurador, o bien el día en que
tenga lugar la ratificación del divorcio en el Juzgado,
momento en que tendrían que abonárselos al
Procurador. También cabe el pago por transferencia
bancaria si lo prefieren.En cada caso el Abogado que le
corresopnda le indicará el momento que que deberá
hacerse el pago de los honorarios, ya que ese momento puede
varias en función del partido judicial en que se
vaya a tramitar su caso.
3.
¿QUE
FORMAS DE PAGO ADMITEN?
Admitimos los siguientes
medios de pago:
1)
PAGO EN EFECTIVO
2)
PAGO MEDIANTE CHEQUE NOMINATIVO, A NOMBRE DEL ABOGADO
QUE REDACTE EL CONVENIO REGULADOR
3)
PAGO MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA A LA CUENTA CORRIENTE
DEL ABOGADO QUE REDACTE EL CONVENIO REGULADOR Y LA DEMANDA
DE SEPARACION (La transferencia puede ser ordinaria desde
su entidad bancaria, o a través de internet mediante
Banca Electrónica o Virtual).
Para más informacion
consultar Informacion
Legal
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